8.1 Implementar un Plan de Manejo de la tilapia; tanto en cultivos como en ambientes naturales donde se ha instalado, en la laguna Sauce en particular.
8.2 Implementar y ejecutar un programa de monitoraje de la presencia de tilapia, asociado a las intervenciones y cambios, en las áreas de mayor riesgo:
8.3 Fortalecer la investigación en cultivo de especies nativas, enmarcado en un Programa de carácter multidisciplinario y multiinstitucional, como soporte técnico para promover el desarrollo de la acuicultura en la Región. Este Programa debe incluir actividades de promoción para el desarrollo de mercados de especies nativas. La Estación Pesquera de Ahuashiyacu debe convertirse en el punto focal del programa.
8.4 En adelante, prohibir todas las acciones de introducción y transferencias de material genético de peces, sin la observancia del "Código de Prácticas para la Introducción de Especies Exóticas con Destino a la Acuicultura y otras Prácticas", aprobado por la Comisión de Pesca Continental para América Latina -COPESCAL- de la cual el Perú forma parte. Asimismo, se tomará en cuenta las pautas de los convenios internacionales suscritos por el Perú, sobre la materia.
8.5 Previamente o en forma paralela a la implementación del Plan de Manejo que se plantea será necesario la calificación de los establecimientos acuícolas, en el marco del levantamiento del catastro, que se torna de necesidad para la planificación del desarrollo de la acuicultura en el departamento de San Martín.